Legislatura de Pensilvania puede prohibir invocaciones ateas, las reglas de la corte, 'solo la oración teísta puede' apelar a Dios
Un tribunal de apelaciones confirmó la política de invocación de la Cámara de Representantes de Pensilvania que permite a los capellanes invitados hacer oraciones y prohibir la participación de ateos.
Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Tercer Circuito dictaminó el viernes pasado que la política de invocación era constitucional, anulando una decisión de la corte inferior.
El juez de circuito Thomas Ambro escribió la opinión de la mayoría, escribiendo que confirmaba la prohibición de invocaciones no teístas porque "solo la oración teísta puede satisfacer el propósito histórico de apelar a la guía divina en la legislación".
"Debido a que la política de la Cámara que prefiere las oraciones teístas a las no teístas encaja perfectamente con la tradición histórica de la oración legislativa, nos separamos del Tribunal de Distrito sobre este punto y mantenemos la política de oración", escribió el juez Ambro.
“Primero, solo la oración teísta puede satisfacer todos los propósitos tradicionales de la oración legislativa. Segundo, la Corte Suprema ha dado por sentado que la oración supone invocar un poder superior ”.
Si bien la mayoría estuvo de acuerdo con el tribunal inferior de que la prohibición violaba los derechos de libertad de expresión de los ateos, el tribunal de apelaciones concluyó que las invocaciones eran "discurso del gobierno" y, por lo tanto, no estaban reguladas por la Cláusula de Libertad de Expresión de la Constitución.
"Seguimos su ejemplo y nos unimos al Séptimo y Cuarto Circuito, así como al menos a tres jueces de la Corte Suprema, para sostener que la oración legislativa es un discurso del gobierno", continuó Ambro.
“Los no teístas también desafían la política del capellán invitado por motivos de ejercicio libre. Debido a que la oración legislativa es un discurso del gobierno, la Cláusula de ejercicio libre no se aplica, y el reclamo de ejercicio libre de los no teístas falla ”.
El juez de circuito Luis Felipe Restrepo escribió una opinión que discrepaba en parte y coincidía en parte con la mayoría, argumentando que la política del capellán violaba la Cláusula de Establecimiento.
"Los demandantes simplemente buscan la oportunidad de rezar en la apertura de los días legislativos de la Cámara de Pensilvania que reflejan sus creencias religiosas", escribió el juez Restrepo.
"La Casa de Pensilvania, sin embargo, negó a los Demandantes tal oportunidad únicamente porque sus creencias religiosas no concuerdan con las creencias religiosas preferidas de la Casa de Pensilvania y, por lo tanto, los Demandantes son incapaces de pronunciar una 'oración' dentro de la concepción de la Casa de Pensilvania de ese término ".
En agosto de 2016, los estadounidenses unidos por la separación de la Iglesia y el Estado, los ateos estadounidenses y algunos otros grupos seculares presentaron una demanda contra la Cámara de Representantes del estado sobre la política en nombre de los residentes locales a quienes se les prohibió hacer una invocación no religiosa.
En agosto de 2018, el juez Christopher C. Conner del Distrito Medio de Pensilvania falló en contra de la legislatura, argumentando que la política de invocación "viola facialmente la Cláusula de Establecimiento de la Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos".
"El proceso de selección de la Cámara invita a los miembros del público a servir como capellanes invitados, pero traza una línea de demarcación entre los sistemas de creencias teístas y no teístas", escribió el juez Conner el año pasado.