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Corte Suprema determinará si las escuelas religiosas pueden calificar para el crédito fiscal de Montana

Corte Suprema determinará si las escuelas religiosas pueden calificar para el crédito fiscal de Montana

Corte Suprema determinará si las escuelas religiosas pueden calificar para el crédito fiscal de Montana

La Corte Suprema de los Estados Unidos aceptó escuchar una apelación en un caso centrado en si las escuelas religiosas de Montana pueden ser elegibles para un crédito fiscal estatal en becas.

En una orden emitida el viernes pasado, la Corte Suprema concedió una petición en el caso de Espinoza v. Departamento de Ingresos de Montana.

John Bursch, de la Alliance Defending Freedom, que presentó un informe amicus en el caso, dijo en un correo electrónico enviado a The Christian Post el lunes que estaba "alentado a que la Corte Suprema esté interesada en el caso".

"Como mínimo, el Tribunal parece estar listo para decir que las escuelas religiosas no pueden ser discriminadas en un programa estatal de crédito fiscal", explicó Bursch.

"Tenemos la esperanza de que la Corte diga que todas las acciones estatales que discriminan a las escuelas religiosas son inconstitucionales".

Bursch hizo un paralelo a la decisión de la Corte Suprema de 2017, Trinity Lutheran Church v. Comer , en la cual el tribunal superior dictaminó 7-2 que una iglesia con sede en Missouri no podía ser excluida de un programa de reparación de patios de juegos patrocinado por el estado únicamente porque eran religiosos.

“Ningún gobierno debería tratar a las personas de manera más grave solo porque son religiosos. Espinoza es uno de esos casos. Montana está escogiendo escuelas religiosas y se niega a tratarlas por igual con las escuelas no religiosas”, agregó Burch.

“Por ahora, los estudiantes y los padres no pueden acceder a oportunidades para todos solo porque eligieron una escuela religiosa. Eso no solo es injusto, es ilegal".

En 2015, Montana aprobó el Proyecto de Ley del Senado 410, que permitía créditos fiscales por donaciones de hasta $ 150 a becas para escuelas privadas o programas educativos en escuelas públicas.  

Inicialmente, el estado no permitía que las escuelas religiosas participaran en el programa, citando el Artículo X, Sección 6 de la constitución de Montana.

“La legislatura, los condados, las ciudades, los pueblos, los distritos escolares y las corporaciones públicas no deberán realizar ninguna apropiación o pago directo o indirecto de ningún fondo o dinero público, o cualquier concesión de tierras u otra propiedad para cualquier fin sectario o para ayudar a cualquier iglesia ", escuela, academia, seminario, colegio, universidad u otra institución literaria o científica, controlada en su totalidad o en parte por cualquier iglesia, secta o denominación", se lee en la primera parte de la sección.

En respuesta a la prohibición, un grupo de padres cuyos hijos asistieron a escuelas religiosas presentaron una demanda y, en 2016, un juez emitió una orden preliminar, permitiendo a los estudiantes de las escuelas religiosas recibir las becas.  

En diciembre pasado, la decisión del tribunal de primera instancia fue anulada por el tribunal supremo del estado, y la jueza Laurie McKinnon fue la autora de la opinión mayoritaria.

Al calificar el Programa de crédito fiscal como "inconstitucionalmente", el juez McKinnon escribió que la constitución estatal "prohíbe ampliamente cualquier tipo de ayuda directa o indirecta" a entidades religiosas.

"Llegamos a la conclusión de que la Constitución de Montana prohíbe más ampliamente" cualquier "ayuda estatal a las escuelas sectarias y dibuja una" línea más estricta que la dibujada "por su homólogo federal", escribió McKinnon el año pasado.

“La Legislatura, al promulgar el Programa de Crédito Fiscal, se involucró en donaciones a escuelas privadas con afiliación religiosa ... La Legislatura, mediante la promulgación de un estatuto que otorga un crédito de dólar por dólar contra los impuestos adeudados al estado, es la entidad que brinda ayuda. a escuelas sectarias a través de créditos fiscales en violación del Artículo X, Sección 6 ".